Esta historia comienza cuando la Procuraduría Regional de Antioquia le solicitó a la Presidencia de la República, encargar a una persona para que vigilara la aplicación de los protocolos de bioseguridad en la recolección de firmas contra el alcalde de Medellín.
Medellín tendrá alcalde Ad Hoc designado por Iván Duque
El alcalde Ad Hoc de Medellín se encargará de vigilar los protocolos de bioseguridad en la recolección de firmas para revocar al alcalde actual

El alcalde de Medellín, Daniel Quintero Calle. | Foto: publimetro.co
En tal sentido, el presidente de Colombia Iván Duque ha declarado que designará un alcalde ad hoc para que acompañe la revocatoria del alcalde de Medellín, Daniel Quintero Calle. La principal función que deberá desempeñar la persona que sea escogida, será la de vigilar y controlar únicamente lo relacionado con los protocolos de bioseguridad que se deben aplicar para la recolección de firmas contra el alcalde actual de Medellín, Daniel Quintero Calle.
Esta determinación se adoptó debido a la solicitud de los organizadores de la revocatoria, quienes presentaron a la Procuraduría un escrito de recusación en el que indicaron que el alcalde de Medellín debía declararse impedido para vigilar un proceso que lo involucra.
En tal sentido, los organizadores y miembros del comité contra Daniel Quintero Calle solicitaron que el seguimiento del control y vigilancia de los protocolos de bioseguridad quedara en el resorte de la Gobernación de Antioquia, departamento de Colombia. Fue por esta razón que Luis Fernando Bustamante, procurador delegado para Antioquia, le entregó esta decisión al presidente Iván Duque.
La figura “ad hoc” es empleada en casos en los que un funcionario está impedido para ejercer una de sus tareas. En situaciones legislativas, por ejemplo, los corporados declaran su conflicto de interés con relación a un tema, lo que los aleja de votar para el proyecto específico y no hay cabida de la figura.
En casos de la rama ejecutiva o judicial, una vez reconocido el conflicto o, en este caso, la recusación hecha debido a que el alcalde no se declaró impedido, se nombra a un externo para que cumpla con dicha función.
La figura es frecuentemente utilizada en la Presidencia de la República de Colombia, cuando se debe encargar a un ministro de determinada cartera en otra, de manera momentánea, para decidir temas en el consejo de ministros en los que un miembro del gabinete pueda tener conflicto de interés.
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