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¿Cómo generar mi contraseña del SAT?

La página del Gobierno de México permite el registro en el SAT a través de la generación y actualización de una contraseña para los contribuyentes.

Conocido como el SAT, hablamos del Sistema de Administración Tributaria, es una institución gubernamental de México encargada de que las personas físicas y morales contribuyan lo que corresponde a las disposiciones tributarias y aduaneras en el país.

El SAT exige a los contribuyentes en México el pago de la debida cantidad que corresponda a sus ingresos o nivel de facturación.

La página del Gobierno de México permite el registro en el SAT a través de la generación y actualización de una contraseña para los contribuyentes.

Existen dos maneras de generar y actualizar tu contraseña en el SAT de México:

De forma virtual

  • Pulsa en este enlace.
  • Elige la opción de acuerdo a tu situación, si cuentas o no con e.firma.
  • Ingresa tu RFC.
  • Captura el código captcha.
  • Elige el correo electrónico que tienes registrado en el SAT al que te llegará una ruta para que continúes el trámite.
  • Ingresa a la ruta enviada a tu correo electrónico.
  • Llena el formulario.
  • Imprime tu comprobante de Generación de Contraseña.
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De forma presencial

  • Acude a la oficina del SAT de tu preferencia o Módulo de Servicios Tributarios.
  • Presenta los requisitos.
  • Recibe y conserva el acuse de obtención de tu Contraseña.

Requisitos para generar tu contraseña del SAT en México:

  • RFC
  • Correo electrónico previamente registrado en el SAT o contar con e.firma vigente.

Datos adicionales

  • La contraseña funciona como un mecanismo de acceso en los servicios electrónicos que brinda el SAT a través de su portal.
  • Si no utilizaste tu contraseña del SAT en un periodo de dos años consecutivos, esta quedará suspendida, por lo cual deberás realizar nuevamente el trámite utilizando tu e.firma o la cuenta de correo electrónico registrada en el SAT, o bien podrás acudir a cualquier Módulo de Servicios Tributarios de las ADSC.
  • En caso de que no utilices tu contraseña en un periodo de cinco años consecutivos, la contraseña quedará bloqueada y deberás realizar nuevamente tu trámite acudiendo a cualquier Módulo de Servicios Tributarios de las ADSC.
  • Cuando a través de los avisos presentados ante el RFC se acredite el fallecimiento de la persona física titular del certificado la autoridad fiscal considerará que con dichos avisos también se presenta la solicitud para dejar inactiva la contraseña.

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